Denegación enfermedad susceptible tratamiento

Recibir una denegación de incapacidad por enfermedad susceptible de tratamiento puede ser devastador. Lo sé porque he visto la frustración en los ojos de cientos de personas que llegan a mi despacho con una resolución negativa del INSS en sus manos. No estás solo en este laberinto burocrático que parece diseñado para desanimar hasta al más persistente. Te prometo que en este artículo encontrarás las claves para entender por qué se produce este tipo de denegación y, lo más importante, qué pasos concretos puedes dar para revertir esta situación. Vamos a desgranar juntos todo el proceso para que puedas defender tus derechos con las herramientas adecuadas.

¿Por qué el INSS deniega incapacidades por patologías tratables?

Cuando el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) determina que tu enfermedad todavía es susceptible de mejorar con tratamiento, suele ser el motivo principal para denegar una prestación por incapacidad permanente. Esta es una situación que veo a diario en mi práctica como abogado especializado. La Seguridad Social se ampara en el artículo 193 de la LGSS, que establece que las lesiones deben ser «previsiblemente definitivas» para conceder una incapacidad.

Sin embargo, lo que muchos desconocen es que este criterio tiene matices importantes. No se trata simplemente de que la enfermedad pueda tratarse, sino de que exista una posibilidad real y efectiva de que el tratamiento mejore tu capacidad laboral hasta el punto de permitirte desarrollar tu profesión habitual.

Criterios que utiliza el INSS para determinar si una patología es «tratable»

  • Tiempo transcurrido desde el inicio del tratamiento
  • Respuesta a terapias anteriores
  • Pronóstico médico a medio y largo plazo
  • Existencia de nuevas opciones terapéuticas
  • Posibilidad real de recuperación funcional para el trabajo

Cómo enfrentar el rechazo de incapacidad por patología en tratamiento

Recuerdo el caso de María, una profesora de 47 años con fibromialgia severa. Tras dos años de tratamientos sin mejora significativa, el INSS le denegó su solicitud argumentando que su enfermedad era susceptible de mejorar. La frustración era evidente, pero juntos construimos una estrategia que finalmente le permitió obtener una incapacidad permanente total.

El primer paso siempre es analizar a fondo la resolución denegatoria. ¿Qué dice exactamente sobre tu enfermedad? ¿Qué tratamientos considera que no has agotado? Esta información es oro para preparar tu recurso.

Documentación clave para rebatir la «susceptibilidad de tratamiento»

  • Historial completo de tratamientos ya realizados
  • Informes médicos que acrediten la falta de respuesta terapéutica
  • Estudios científicos sobre el pronóstico de tu patología
  • Certificados de especialistas sobre el carácter crónico o irreversible
  • Pruebas objetivas que demuestren el deterioro funcional (resonancias, electromiografías, etc.)

El recurso administrativo frente a la negativa por enfermedad tratable

Cuando enfrentas una denegación basada en que tu dolencia aún puede mejorar con tratamiento, la reclamación previa es tu primera línea de defensa. En mi experiencia, aproximadamente un 30% de estas reclamaciones prosperan si están bien fundamentadas. El plazo para presentarla es de 30 días hábiles desde la notificación, según establece el artículo 71 de la Ley 36/2011 reguladora de la Jurisdicción Social.

La clave está en demostrar que, a pesar de que teóricamente tu enfermedad podría responder a tratamiento, en tu caso particular esto no es así. Como suelo decir a mis clientes: «No importa lo que diga el manual médico sobre tu enfermedad, sino cómo responde tu cuerpo a los tratamientos».

Elementos esenciales en tu reclamación previa

Tu reclamación debe incluir:

  • Referencia explícita a todos los tratamientos ya agotados
  • Tiempo transcurrido sin mejora significativa
  • Efectos secundarios que limitan nuevas opciones terapéuticas
  • Incompatibilidad de tu estado actual con las funciones de tu profesión

La vía judicial: demanda contra la denegación por patología susceptible de tratamiento

Si la reclamación previa no prospera, el siguiente paso es la demanda judicial. Aquí es donde realmente se puede dar la vuelta a una denegación por enfermedad que el INSS considera mejorable. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sentencia 456/2021 de 15 de mayo, estableció que «la mera posibilidad teórica de mejoría no puede impedir el reconocimiento de la incapacidad cuando existe una limitación funcional objetiva y persistente incompatible con la actividad laboral».

En el juzgado, tu caso será revisado por un juez que valorará no solo los informes del EVI, sino también toda la documentación médica que aportes. Además, es probable que te sometan a un nuevo reconocimiento por parte del médico forense adscrito al juzgado.

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Preparación para la vista oral

La preparación para el juicio es fundamental. Debes:

  • Recopilar toda la documentación médica actualizada
  • Preparar tu declaración sobre limitaciones cotidianas
  • Solicitar informes complementarios de especialistas privados si es necesario
  • Considerar la posibilidad de aportar testigos (compañeros de trabajo, familiares)

Estrategias probadas para superar el argumento de «enfermedad tratable»

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A lo largo de mi carrera he desarrollado varias estrategias efectivas para contrarrestar la denegación basada en que la patología aún es susceptible de responder a tratamiento. Una de las más efectivas es demostrar que, aunque teóricamente existan tratamientos, estos no son viables en tu caso particular por razones específicas.

Por ejemplo, Carlos, un electricista con espondilitis anquilosante, recibió una denegación porque «existían nuevos tratamientos biológicos». Sin embargo, demostramos que estos tratamientos estaban contraindicados en su caso por una hepatopatía previa. El tribunal reconoció finalmente su incapacidad permanente total.

Argumentos jurídicos efectivos

  • El concepto de «permanencia» no exige irreversibilidad absoluta
  • La incapacidad debe valorarse en el momento actual, no en un hipotético futuro
  • La efectividad del tratamiento debe ser probable, no meramente posible
  • El tiempo razonable de espera para mejoría ya ha sido superado

Preguntas frecuentes sobre denegaciones por enfermedad susceptible de tratamiento

¿Cuánto tiempo debe pasar para considerar que un tratamiento no es efectivo?

No existe un plazo único establecido por ley, pero la jurisprudencia suele considerar que tras 12-18 meses de tratamiento sin mejora significativa, puede hablarse de una situación estabilizada. El Tribunal Supremo, en sentencia de 19 de julio de 2018 (rec. 2868/2016), estableció que «no es razonable mantener indefinidamente al trabajador en situación de incapacidad temporal a la espera de una mejoría que no llega».

¿Puedo solicitar incapacidad si aún estoy en tratamiento activo?

Sí, puedes solicitar la incapacidad permanente aunque sigas en tratamiento. Lo importante es demostrar que, a pesar del tratamiento, tus limitaciones funcionales persisten y son incompatibles con tu actividad laboral. En muchos casos, el hecho de necesitar un tratamiento continuado e intensivo ya es, en sí mismo, un impedimento para desarrollar una actividad laboral normal.

¿Qué hago si me deniegan la incapacidad por «no agotar todas las posibilidades terapéuticas»?

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Este es un argumento frecuente del INSS. En estos casos, debes solicitar a tu médico especialista un informe detallado que especifique: 1) todos los tratamientos ya realizados, 2) por qué otras opciones terapéuticas no son adecuadas para tu caso concreto, y 3) un pronóstico claro sobre la improbabilidad de mejoría funcional significativa a efectos laborales.

Conclusión: No te rindas ante una denegación por patología tratable

Enfrentarse a una denegación de incapacidad porque tu enfermedad se considera susceptible de tratamiento puede parecer una batalla perdida, pero te aseguro que no lo es. He visto cómo muchos de mis clientes han conseguido revertir estas decisiones con la estrategia adecuada y la documentación correcta.

Recuerda que el sistema busca garantizar que las prestaciones lleguen a quien realmente las necesita, pero a veces los criterios se aplican de forma demasiado rígida. Tu derecho a una incapacidad no depende de si tu enfermedad tiene cura teórica, sino de si tus limitaciones reales te impiden trabajar.

Si estás pasando por esta situación, no dejes que el desánimo te venza. Reúne tus informes médicos, busca asesoramiento especializado y lucha por el reconocimiento que mereces. El camino puede ser largo, pero con la estrategia correcta, es posible conseguir que se reconozca tu situación real y obtengas la protección que la Seguridad Social debe garantizarte.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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